JurídicoESEN
Order (Auto)November 30, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Ayarza Scott Clemente·Respondent Ecopetrol Sa

✓
Topic · hard data
Revisión De La Legalidad De Acto Administrativo Sancionatorio Proferido Por La Administración En Ejercicio De La Facultad Disciplinaria.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Revisión de la legalidad de actos administrativos sancionatorios proferidos por la administración en ejercicio de la facultad disciplinaria
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Cartagena y el Juzgado Octavo Laboral de la misma ciudad.

La controversia inicio por la interposición del control de nulidad y restablecimiento del derecho hecha por un particular, la cual buscaba anular unos actos administrativos de ECOPETROL S.A., donde se declaraba la responsabilidad del accionante sobre un proceso disciplinario y que la entidad lo reintegre al puesto de trabajo que ostentaba antes de su desvinculación.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 026/22, reiterando que conforme a lo previsto en los artículos 104 y 152.23 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer de las demandas que pretendan la nulidad de los actos proferidos por autoridades de cualquier orden, en ejercicio de la facultad sancionadora, y que impongan la inhabilidad y destitución a servidores públicos. .

Y concluyó que la autoridad competente para decidir el mencionado proceso es el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Cartagena, a donde ordenó remitir el expediente para que le imparta el trámite correspondiente y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado
  2. Quinto. Administrativo del Circuito de Cartagena y el Juzgado
  3. Octavo. Laboral del Circuito de la misma ciudad en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Quinto. Administrativo del Circuito de Cartagena es la autoridad competente para conocer la acción promovida por Clemente Ayarza Scott.
  5. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1981, al Juzgado
  6. Quinto. Administrativo del Circuito de Cartagena para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  7. Octavo. Laboral del Circuito de Cartagena.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.